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23 mayo, 2011

Fuente: entremujeres.com de Clarín

Personal doméstico: sueldo y aportes, según la 

ley

Sólo un 15% de las empleadas que trabajan en casas de familia están en blanco. La gran mayoría no goza de los derechos que la ley le garantiza a cualquier trabajador. Desde noviembre, rige una nueva escala salarial y hace unos días, el 1 de enero, el Gobierno aumentó los aportes para la obra social. Aquí, los derechos de quienes nos "dan una mano" en casa (una mano que se llama "trabajo").
Georgina Elustondo 
gelustondo@clarin.com




Desde noviembre, la ley estableció nuevos pisos salariales para el personal doméstico. Según las categorías, se definió un sistema especial de salario mínimo.
* El salario mínimo de una empleada doméstica que no pernocta y trabaja jornadas de 8 horas subió un 23%: pasó de $1.347,56 a $1.657,50.
* Para quienes trabajan por hora, el valor aumentó un 23%: pasó de $ 10,27 a $12,63.
* Para las institutrices, gobernantas, amas de llave, mayordomo, damas de compañía y nurses sin retiro la remuneración mínima ascendió de $1.846,70 a $ 2.271. Con retiro, $2.037.
* La categoría en la que se ubican mucamas, niñeras y cocineros especializados tiene un piso salarial de $1.891 para el personal con retiro y de $2.107 para el personal sin retiro. Y los cocineros, mucama/os y niñeras sin especialización, ayudantes, caseros y jardineras, pasan a cobrar al menos $1.847.
* Retribución mínima para el personal auxiliar de casas particulares, en la especialidad planchadoras, lavandera, personal de limpieza:
1) Por una labor máxima de 4 horas de trabajo diarias: $ 826,50.
2) Cada hora que exceda las 4 horas diarias se abonará a razón de $12,55.
Aportes y contribuciones
Desde enero rige el aumento de aportes y contribuciones al personal doméstico con destino a la obra social: el valor que el empleador debe para por jubilación más cobertura de salud, según la Resolución conjunta de los Ministerio de Economía y de Salud publicada ayer en el Boletín Oficial, trepó de 81,75 a 95 pesos por mes (subió un 16%).
En realidad, la cuota previsional mantuvo su valor, de $ 35 por mes. Lo que aumentó es la obra social, de 39 a 60 pesos. El valor es el mismo para el empleado y para los familiares que se suman en carácter de aporte voluntario.
Se estima que esta suba impacta sobre más 200.000 empleadas domésticas registradas, las cuales representan apenas un 15% del total de mujeres que se desempeñan en casas particulares, que suman más de un millón. Los últimos estudios arrojan que el 84,9% del sector no está registrado o trabaja "en negro".

Cómo es el sistema
El sistema funciona del siguiente modo para las empleadas que prestan servicio en una casa 16 horas por semana o más: a cambio del pago de una suma fija, que era de 81,75 y desde enero es de $95 mensuales, la empleada doméstica obtiene la cobertura médica a través de una obra social nacional (que puede elegir entre varias opciones). En materia previsional, a cambio del aporte, tiene derecho a la pensión de invalidez y fallecimiento y con 30 años de aportes puede jubilarse con la garantía del haber mínimo.
Para tener derecho a estos beneficios, la empleada doméstica debe estar en la categoría de 16 o más horas semanales trabajadas, para el mismo o para diferentes patrones.
Si estuviese en una categoría más baja, que tiene menores aportes y contribuciones, puede optar por pagar la diferencia hasta completar los $95 mensuales para tener derecho a la cobertura de jubilación y obra social.
También el grupo familiar (hijos y familiares a cargo) puede tener la cobertura médica con el pago adicional, que subió a 60 pesos mensuales por persona .
A su vez, el personal doméstico -esté o no registrado- tiene derecho a cobrar la asignación por hijo de $ 220 si no lo cobra el padre o la madre del menor.
El empleador y sus beneficios: ganancias
Si la empleada está registrada, el patrón o dador de trabajo puede deducir hasta 10.800 pesos por año de la base imponible de Ganancias. Esta política fue pensada para aumentar el trabajo en blanco, pero hasta ahora no ha demostrado grandes resultados. Es más: algunos lo cuestion, por considerarlo un subsidio a los sectores más acomodados, que tienen empleadas domésticas

Escuchen los sueldos vigentes en "Personal doméstico TV"


http://www.videopuerto.com/player_adi.asp?id_tema=155&prog=05

25 junio, 2010

Sueldos vigentes y capacitación para empleadas domésticas.

Les paso la tabla de sueldos vigentes para el Personal doméstico. Se publica en la web de OSPACP. 
Y algo muy interesante, que yo desconocía, son los cursos de capacitación gratuitos. Por supuesto, que la empleada debe estar en blanco para poder anotarse. 
http://www.ospacp.org.ar/




07 junio, 2010

Campaña para regularizar el servicio doméstico. Encontré una nota de Marzo/2010, pero que aún es válida.


En el marco del mes de la Mujer, el Ministerio de Desarrollo Humano, Familia y Comunidad, a través del Instituto Provincial de la Mujer, junto a la Dirección Regional Mendoza de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), pondrán en marcha la Campaña de Sensibilización sobre Regularización del Servicio Doméstico. La cita es el lunes 29 de marzo a partir de las 11 en el Salón Eva Perón del quinto piso de Casa de Gobierno.
La presente campaña tiene por objetivo sensibilizar sobre el cumplimiento de los derechos laborales por parte de empleadoras y empleadas. Se encuentra enmarcada en la “Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer” (CEDAW), sancionada por ONU en 1979 y adquiriendo rango constitucional con la Reforma Constitucional de 1994 junto a otros Tratados Internacionales de Derechos Humanos
A su vez tiene como elemento la "solidaridad" de género, ya que la mayoría de las personas que realizan tareas domésticas son mujeres y la mayoría que contrata, son también mujeres
De esta manera,  mucamas, niñeras, cocineras, amas de llaves, jardineros, damas de compañía podrán acceder a este beneficio en el marco de un mismo dador de trabajo y con un mínimo 6 horas semanales.
La AFIP, es el organismo público competente en el tema y brindará toda la información sobre la ejecución de dicho trámite.81,75 pesos es el importe que permite al trabajador doméstico acceder a una obra social, a elección, y a un futuro previsional digno. Además, si el trabajador realiza su tarea en varias casas puede sumar los montos de los aportes y contribuciones de cada lugar
¿Cómo se inscribe el personal doméstico?
El trabajador debe tener número de CUIL (Código Único de Identificación Laboral), el cual se obtiene en el acto en cualquier oficina de ANSeS con el DNI en mano.
Los aportes mensuales se pagan mediante  el volante de pago F. 102 de la AFIP, disponible en las agencias o bien  por internet: www.afip.gov.ar
El pago puede realizarse en bancos habilitados, Pago Fácil o Rapipago,
Quienes ya tengan registrado a su empleado y realizan su determinación de Ganancias anualmente, pueden deducir hasta 9.000 pesos de su declaración jurada por el año 2009.
Quienes trabajan en relación de dependencia y están alcanzados por Ganancias, deberán informar a su empleador para que se efectúen los cálculos correspondientes.
Con el comprobante del pago  el empleado doméstico tiene la posibilidad de elegir entre más de 200 obras sociales.
La campaña busca aportar una impronta de difusión muy clara y directa, ya que la idea es hacer visible el trabajo de todas las personas involucradas y a su vez tomar un fuerte compromiso con lo derechos laborales.

30 noviembre, 2009

Vacaciones, horas de descanso y trámites.

Hoy consulté al Sindicado de San Isidro de Empleadas Domésticas sobre vacaciones, horas de descanso y tiempo para trámites que corresponden a las empleadas. Me dijeron lo siguiente: 

VACACIONES:  Después del año trabajado le corresponde 10 días hábiles o sea, 2 semanas corridas. La fecha de las vacaciones no está estipulada y "supone" que debe ser conveniente para ambas partes, sin embargo la ley dice que es el empleador quién debe informar la fecha a la empleada y que debe ser comunicada con 20 días de anticipación.

DESCANSO:  El tiempo de descanso para las que trabajan con cama es de 3 hs durante el día y 9 hs nocturnas. Se estipula que por cada 12 horas trabajadas se debe descansar 12 horas. En el caso de las que trabajan con retiro, el tiempo de descanso es el mismo que en el comercio, de 1 hora de almuerzo y "talvez" 1/2 hora para la merienda. Según necesidades de la casa.

TRÁMITES:  No hay una ley que diga que puede ausentarse 1 día por mes como es la categoría Comercio. El día para trámites queda en consideración del Empleador y éste puede pedir un certificado/recibo como justificativa de falta.

19 octubre, 2009

Accidentes domésticos - Seguro para la empleada

Ayer, la Dra. Elsa Aguillera me dijo que podemos asegurar nuestra empleada doméstica contra accidentes domésticos. La verdad que no sabía que existía esa posibilidad.
Si ya tenés un seguro para la casa, habría que preguntar a la misma empresa de seguros si también cubre el servicio doméstico. De lo contrario, si no tenés ningún seguro para la casa, hay que averiguar con otras productoras de seguros.

16 octubre, 2009

DNI para trabajar en blanco como empleada doméstica.

Si es argentina debe ir al Registro Civil más cercano a su domicilio. Se puede consultar en la página web: www.mininterior.gov.ar (link del Registro Nacional de las Personas) o en el
0-800-666-6767 o en el 4393-0566

Si es extranjera debe ir a la Dirección Nacional de Migraciones con todos sus documentos de origen. Se puede consultar en la página web: www.mininterior.gov.ar/migraciones/ o en el 0-800-333-728742. Luego de efectuar el trámite por la cédula precaria, debe gestionar la obtención del CUIL en la ANSeS.

Con DNI/Cédula Precaria + CUIL ya la podés poner en blanco. El trámite es muy simple, tenés todo en la página de la AFIP. El pago máximo es de $82 por mes y se puede pagar todos los meses por Banelco o por internet.
Para más información ver link: 
http://www.afip.gob.ar/genericos/blanco/

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